Los dirigentes nacionales José Escobar Presidente y Christian Gajardo Director, encargado de la comisan técnica en representación de la Confederación Unión de Funcionarios Municipales de Chile, UFEMUCH, estuvieron presente hoy jueves 01 de agosto 2024, en la ceremonia de la entrada en vigencia de la ley N° 21.643 conocida con Ley Karin que se enfoca en la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo. Dicha actividad se fue encabeza por la Ministra del Trabajo Jeannette Jara juntos a los subsecretarios del trabajo y previsión social, en Centro de Extensión de la Pontifica Universidad Católica de Santiago.
Destacar que el objetivo no es solo sancionar, sino que evitar que se produzcan estos tipos de conductas que son reprochables, además esta ley no es retroactiva y las denuncias no pueden ser anónimas.
Principales cambios de la Ley Karin
1.- Define los conceptos de acoso sexual, laboral y, por primera vez, se incluye la violencia en el trabajo.
2.- El empleador deberá tomar las medidas para que se respeten los derechos de las y los trabajadores.
3.- Los empleadores tienen un rol activo en la prevención, la detención y eliminar los factores de riesgos..
4.- En reglamento interno deben incluir un protocolo de prevención del acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo y la formar de hacer una investigación.
5.- Al hacer la denuncia , la víctima debe recibir protección y apoyo psicológico, separación de los espacios y redistribución de jornada.
6.- Las denuncias pueden ser escritas o verbales, ante el empleador o la Dirección del Trabajo.
7.- La investigación no puede superar los 30 días. Si es interna, debe llevarse por escrito, en absoluta reserva y debe contener el testimonio de ambas partes.
8.-Se refuerza el rol de la Dirección del Trabajo y la Contraloría General de la República en los procedimientos de investigación.
¡No es Talla, Es Ley!